Regala seguridad: Conaset y Sernac entregan recomendaciones para la compra de bicicletas y accesorios en Navidad

Los organismos de Gobierno indicaron cuáles son los accesorios de seguridad obligatorios al transitar en ciclos y en qué fijarse antes de regalarlos.

 

En vísperas de las fiestas de fin de año, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a través de la Conaset, y el Servicio Nacional del Consumidor, Sernac, recordaron cuáles son los elementos obligatorios de seguridad que deben considerarse a la hora de regalar una bicicleta u otro ciclo, principalmente pensando en niñas y niños.

“En Navidad, regalemos seguridad. Sabemos que las bicicletas y otros ciclos como los scooters, patines y skates, están entre los regalos más populares para niñas y niños, por lo que debemos recordar que hay elementos obligatorios de seguridad que se deben ocupar en estos medios de transporte”, indicó la secretaria ejecutiva de Conaset, Luz Renata Infante, quien detalló que los cascos y luces son esenciales para proteger a las y los ciclistas, y que los cascos deben contar con la certificación del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “que nos garantiza que los elementos cumplen con estándares internacionalmente reconocidos y que pueden salvarnos la vida en caso de sufrir una caída o vernos involucrados en un siniestro vial”.

El sello de certificación es obligatorio para cascos de ciclos y motocicletas, además de sistemas de retención infantil (sillas para el traslado de niños y niñas en vehículos particulares), remolques para bicicletas y asientos para el traslado de niños en bicicletas.

Además, la Secretaria Ejecutiva de Conaset recordó que también es obligatorio el uso de elementos reflectantes en los ciclos y el uso de una luz delantera blanca y una luz trasera roja en las bicicletas, “y en el caso de vehículos con una estructura que no permita la instalación de la luz delantera, sigue siendo obligatorio el uso de la luz roja trasera, la que incluso puedes poner en el casco o en otro elemento de la vestimenta”.

Seguridad a la hora de comprar

La Ley del Consumidor (LPC) establece que la seguridad en el consumo es un derecho fundamental, lo que implica que las empresas están obligadas a cumplir con los más altos estándares para no afectar a las personas al momento de adquirir productos o contratar bienes y servicios.

Para ejercer este derecho es primordial que los consumidores compren sólo en el comercio establecido, lo que a su vez les permite acceder a la libre elección, a la información veraz y oportuna, a la garantía legal en caso que el producto salga defectuoso, exigir la reparación o indemnización en el caso de sufrir algún daño, entre otros aspectos.

El director nacional del Sernac, Andrés Herrera, explicó que las empresas están obligadas a cumplir con este derecho esencial, para no afectar la salud ni poner en riesgo a las personas al momento de comprar productos o contratar bienes.

En relación con los juguetes, la autoridad indicó que los consumidores tienen derecho, y las empresas el deber, de que dichos productos estén correctamente rotulados, con información clara y en castellano, que tenga advertencias e instrucciones para su uso seguro.

“Nuestro consejo es no comprar juguetes que no tengan la información en castellano ni instrucciones para su uso seguro y jamás adquirirlo en el comercio informal, pues puede no tener las advertencias básicas de seguridad o contener elementos tóxicos o partes pequeñas que arriesguen la seguridad de nuestras niñas y niños”, agregó el Director del Sernac.

Elementos de seguridad obligatorios en ciclos

La ley de convivencia vial define que al transitar en ciclos -bicicletas, skates, scooters, patines y monociclos- es obligatorio:

  • el uso de casco que cubra, al menos, la parte superior de la cabeza y cuente con una correa que lo asegure,
  • en bicicleta, el uso de luz blanca adelante y roja atrás, además de elementos reflectantes laterales en las ruedas,
  • el uso de un implemento sonoro que permita alertar a otros usuarios de las vías,
  • en ciclos cuya estructura no permita la instalación de la luz delantera, sigue siendo obligatorio el uso de luz trasera de color rojo, que puede ir adherida al casco del conductor,
  • en horas de baja luz o condiciones de poca visibilidad, se debe usar elementos reflectantes, y siempre es recomendable el uso de vestimenta con colores de alta visibilidad.

Los elementos de seguridad que deben contar con acreditación entregada por el MTT a través del Centro de Control y Certificación Vehicular, 3CV:

  • Casco protector para usuarios de ciclos
  • Silla y remolque para el transporte de infantes
  • Sistemas de retención infantil
  • Cascos para motociclistas

En todos los casos, el Ministerio acredita que los elementos cumplen con las normas internacionales de la Unión Europea, Estados Unidos y, en el caso de los cascos de motos, Japón.

No utilizar cascos acreditados, puede ser sancionado con una multa de 0,5 a 1 UTM. No utilizar el Sistema de Retención Infantil para transportar a menores de 9 años en vehículos particulares, es una falta gravísima a la Ley de Tránsito, con multas de 1,5 a 3 UTM y la suspensión de la licencia de conducir entre 5 y 45 días.

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