Superintendencia de Insolvencia informa que se pueden renegociar deudas en trámite gratis, en línea y sin abogado

A fin de iniciar un año más aliviado en torno a las deudas, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), aconsejó a quienes enfrentan deudas morosas a que se informen sobre la Renegociación, un trámite de la Ley N.º 21.563 que evita caer en un sobreendeudamiento severo.

“La prevención es clave en muchos aspectos de la vida y el ámbito financiero no es la excepción. Específicamente en materia de endeudamiento, este procedimiento es clave para no llegar a una insolvencia profunda y perder bienes”, señaló el Superintendente del ramo, Hugo Sánchez Ramírez.

La Renegociación, es un trámite absolutamente gratuito, que permite a las personas llegar a acuerdo con todos sus acreedores, para que puedan cumplir con sus obligaciones (deudas) mediante nuevas condiciones como: nuevos plazos más largos, intereses más bajos y a veces periodos de gracia. Además, no requiere contar con un abogado particular y se puede solicitar tanto en las oficinas de la Superir como en la página del servicio, www.superir.gob.cl, en el portal Mi Superir, al que se accede con Clave Única.

Al mismo tiempo, al término del proceso, el usuario puede solicitar al Boletín Comercial o a Dicom la eliminación del registro de sus deudas renegociadas o extinguidas.

Sánchez detalló que “este proceso no requiere de la representación de un abogado, ya que nuestros profesionales los asisten con una buena propuesta, para que en no más de tres meses, el deudor tenga un nuevo plan de pago, bajando su carga financiera de más de un 90% a solo un 50%”.

Agregó que “el 97% de los deudores que se ha acercado a la Superir, han logrado acuerdo con sus acreedores, ya que a diferencia de repactar- donde se intenta muchas veces con poco éxito negociar una por una todas las deudas- este procedimiento reúne en un mismo lugar a todos los acreedores y al deudor, quien ofrece, con la asistencia de profesionales de la Superintendencia, una propuesta para poder cumplir con sus obligaciones financieras”.

Para acceder a este procedimiento, la persona debe tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días corridos y que sumen más de 80 UF ($2.945.000 aprox.), y la persona no debe haber sido notificada de una demanda judicial por deuda.

Es importante tener presente que los procedimientos que culminan exitosamente son aquellos en que el deudor tiene una intención real y seria de cumplir con sus obligaciones, para lo cual debe declarar con transparencia su situación financiera, especificando las deudas contraídas y los bienes que posee y ajustar su propuesta de renegociación a su real capacidad de pago.

Por último, la autoridad nacional hizo un llamado a informarse de la Ley a través de los contenidos de la página web, mediante teleatenciones que se pueden solicitar en el mismo sitio, teléfono o acercarse a la oficina regional que corresponda, recalcando que “queremos que las personas tiendan a mirar la insolvencia no como algo negativo, sino como una oportunidad para aprender a enfrentar una situación de sobreendeudamiento, utilizando las vías formales de solución y así volver a reemprender”, puntualizó.

 

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