¿Qué comercios estarán abiertos durante este domingo 01 de mayo?

El proyecto de ley que buscaba declarar libre el lunes 2 de mayo no prosperó, sin embargo, mañana 1 de mayo, Día Internacional del Trabajador, sigue siendo un feriado irrenunciable.

Durante 2022 habrá días 16 feriados, de los cuales cinco se encuentran en dicha categoría. Hasta ahora, el único fin de semana largo ha sido el de Semana Santa y el próximo será para la festividad de San Pedro y San Pablo, a finales de junio.

La normativa chilena establece que un feriado irrenunciable es aquel día en que, debido a una festividad o fecha conmemorativa nacional o internacional, un trabajador del comercio no puede ejercer por ningún motivo. Lo anterior es válido, aunque con su empleador lo establezcan de común acuerdo.

Además del feriado irrenunciable de este 1 de mayo, Día del Trabajador, tienen la misma denominación, el Año Nuevo (1 de enero), los días de Fiestas Patrias (18 y 19 de septiembre) y Navidad (25 de diciembre).

El Código del Trabajo establece que el descanso de un feriado irrenunciable empezará a más tardar a las 21:00 horas del día anterior (sábado 30 de abril) y terminará a las 6:00 horas del día siguiente (lunes 2 de mayo).

Por lo anterior, el próximo Día del Trabajador, algunos comercios no abrirán sus puertas, como supermercados, centros comerciales y malls. Eso sí, se permite el funcionamiento de ciertos rubros, como restaurantes, cines, discotecas, pubs, casinos, estaciones de servicio, farmacias de turno y locales atendidos por sus propios dueños..

De acuerdo a la Dirección del Trabajo, no cumplir con los feriados obligatorios e irrenunciables puede ser sancionado con multas desde las 5 UTM ($278 mil aproximadamente) hasta las 60 UTM ($3 millones 342 aproximadamente) por cada trabajador afectado.

Además, si un empleador es sorprendido en el incumplimiento, deberá “cesar las labores de los trabajadores de inmediato, y abandonar su lugar de trabajo”.

En tanto, los establecimientos comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos sí pueden abrir, pues no existe relación laboral en ese caso.

CGE.

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