Seremi del Trabajo aclara principales dudas respecto a Ley de Protección del Empleo

 

Afirmó que a esta ley se pueden acoger todas las personas que tienen un contrato de trabajo y cotizan en el seguro de cesantía

Importantes dudas respecto a la Ley de Protección al Empleo respondió la seremi metropolitana del Trabajo, Denisse Madrid, quien sostuvo una interesante conversación virtual con el gobernador de Melipilla, Javier Ramírez, quien les hizo llegar las dudas de los vecinos.

Al respecto, la autoridad regional señaló que “lo primero es contarles que la Ley de Protección al Empleo nace porque al comienzo de esta pandemia no teníamos legislación laboral para cuidar y proteger a nuestros trabajadores y que pudieran recibir alguna remuneración, sobre todo, cuando la autoridad determina cuarentena”.

Denisse Madrid explicó que “esta ley viene a proteger tanto a trabajadores como empleadores, para que no tengamos más desvinculaciones”.

A la vez, afirmó que a esta ley se pueden acoger todas las personas que tienen un contrato de trabajo y cotizan en el seguro de cesantía, y trae tres alternativas:

– Se suspenda el contrato de trabajo por acto de autoridad (cuarentena).

-Se acuerde un pacto de suspensión del contrato de trabajo.

-Se acuerde un pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo, de hasta un 50%, donde el trabajador recibe hasta la mitad de la remuneración del empleador y el 25% del Seguro de Cesantía.

La seremi del Trabajo sostuvo que “en el caso de los pagos de las cotizaciones provisionales y de salud, el empleador tiene la obligación de seguir pagando estas cotizaciones. Los trabajadores no se van a quedar sin su seguridad social, ni tampoco desprotegidos en materia de salud”.

No obstante, dijo que “la única distinción que hace la ley para la suspensión es que no tengo que estar trabajando. El empleador lo único que no va a pagar es un porcentaje que va a  la mutual de seguridad, porque se va a entender que el trabajador no está ejerciendo sus funciones, por lo tanto no va a tener accidentes laborales”.

Además, aclaró que “después se podrá usar el Seguro de Cesantía, porque el Estado pone todos los años 10 mil millones de dólares, en 12 cuotas a esto se suma 2 mil millones de dólares más. El trabajador aporta con el 0,6% de su sueldo; y el empleador aporta en 2,4%, que se divide en un 1,6% a la cuenta individual del trabajador  y un 0,8% al Fondo Solidario. Los únicos que aportan son los trabajadores y el Estado”.

Los montos que se van a pagar a través del Seguro de Cesantía son: el primer mes un 70%; el segundo mes un 55%; y el tercer mes un 45%. Eso sí la ley también dejó que todas las personas que ganen menos de $500.000  reciban el primer mes un 70%, el segundo mes también un 70%. Y también estableció que nadie va a ganar menos que el mínimo, que es $225.000.

Finalmente, la seremi comentó que “ante cualquier duda o reclamo  se puede ingresar a la página de direccióndeltrabajo.cl, donde se pueden hacer constancias y denuncias”.

“Algo muy importante es que en este sitio se pueden hacer denuncias por terceros, es decir si uno ve que en una empresa se están vulnerando derechos de los trabajadores, no es necesario que el trabajador haga la denuncia, puede ser un tercero con correo electrónico y RUT de la empresa”, concluyó.

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