Unidad de Control Financiero declara que Deportes Melipilla no presentó documentación falsa ni adulterada

En lo que fue la sesión del día martes en la Primera Sala del Tribunal de Disciplina quedó claro que los argumentos presentados por Deportes Concepción para solicitar la desafiliación de los Potros fueron completamente desacreditados por las declaraciones que dieron los integrantes de la Unidad de Control Financiero.

En el primer punto denunciado se indicaba la reincidencia de la escuadra melipillana en no pagar las cotizaciones previsionales de integrantes del plantel, desde la UCF se remitieron a declarar que solo pueden denunciar según reglamento en un plazo de 20 días hábiles, por lo mismo se hicieron parte en la denuncia por el mes de octubre, lo cual sería la primera citación para la escuadra metropolitana, podría sufrir una castigo de amonestación o resta de puntos, en ningún caso la desafiliación.

Los penquistas en el segundo hecho indicaban que “hizo entrega de documentación falsa y/o adulterada a la Unidad de Control Financiero”, los abogados denunciantes insistieron en este punto donde la respuesta fue la misma, dentro de los informes mensuales de la empresa Deloitte no establecen ni adulteración ni falsificación de documentos. En este caso la denuncia pierde validez porque se comprobó que Melipilla no adulteró información, por lo mismo no sufre castigo.

Con respecto a la reincidencia quedó establecida en la primera sesión del Tribunal que fueron denuncias completamente distintas entre ambos casos, por lo mismo no se puede aplicar.

En la denuncia por el no pago de remuneraciones del mes de octubre a un grupo de jugadores, desde el club se presentó documentación con fecha 15 de noviembre (plazo fatal para el pago) donde las transferencias a Banco Falabella fueron rechazadas por un error en su plataforma informática, el pago se hizo efectivo tres días hábiles posteriores.

En resumen: La denuncia de Concepción debería quedar rechazada, y se da paso a la de la UCF por el mes de octubre.

En el caso de esta denuncia, puede que haya resta de puntos, pero por principio de proporcionalidad y lo argumentado siendo igual justificada la infracción por atraso en sólo 3 días hábiles o por problemas con el banco, es complicado que el Tribunal pueda aplicarlas para 2024, dando un castigo desproporcionado “pérdida del campeonato” a una infracción que no lo amerita.

Lo mismo queda claro en el Reglamento donde se indica que “la pérdida de 3 puntos en el campeonato Nacional oficial de la categoría que se encuentren disputando o que obtuviere en el futuro en dicho campeonato si no alcanzaren los puntos que hubiere obtenido hasta esa fecha o en el siguiente campeonato nacional oficial que dispute en su caso, por el primer mes de incumplimiento”. Claramente es la situación que afecta a Deportes Melipilla.

Compartir en las Redes

You cannot copy content of this page

error: Content is protected !!